lunes, 24 de octubre de 2016

Un mal ejemplo que no debe cundir

El pasado fin de semana, cuando caminaba por el Portal de la Primavera, vi desde ahí que sobre un contrafuerte de la fachada de uno de los portales vecinos (el que nuestros padres y abuelos llamaban simplemente "Los Arcos") se había colocado un nuevo letrero publicitario de lámina acero calada. Aunque el letrero en cuestión presumiblemente intenta no discordar del entono arquitectónico de la Plaza de la Constitución, lo cierto es que viola notoriamente lo que señala el bando municipal, que a la letra dice:

ARTÍCULO 67.-Queda prohibido en la Cabecera Municipal y Zona Conurbada: [...] IV. Anuncios en paredes y puertas. Debiendo utilizar para los anuncios placas metálicas y/o madera rústica, colgantes en color negro.

Es justamente la condición de colgante la que este letrero incumple. Se me dirá que otros letreros colocados en Aculco son del mismo tipo (por ejemplo el del restaurante El Rincón del Viejo, o el de las oficinas del PRI municipal o el aún más lamentable del restaurante El Pueblito) y que parecen no molestar a nadie, pero no por que otros también incumplen estas normas debe pasarse este caso por alto.

Si decidí señalar antes este letrero que los otros, es porque su ubicación tiene un problema más: está colocado sobre el portal y, los portales de la Plaza de la Constitución de nuestro pueblo -como los portales de todas las antiguas plazas del país- son de propiedad municipal, no particular. Porque en su origen estos portales se construían sobre la vía pública (una parte de la plaza) y así el dueño tenía la posibilidad de edificar sobre ellos o de utilizarlos de otra manera, y a cambio daba protección contra el sol y la lluvia a comerciantes y transeúntes. Si bien el dueño de la casa a la que quedaba adosado podía haber pagado su construcción y ser propietario efectivo de las plantas altas construidas sobre él, el portal en sí mismo y el terreno en el que está construido nunca pierden su carácter de propiedad municipal y aquél sólo es su usufructuario. Se trata, por decirlo así, un obsequio del propietario a la comunidad (levantado sobre terreno de la propia comunidad).

Es decir, este letrero está colocado sobre una propiedad municipal y, si bien supongo que el Ayuntamiento puede otorgar permiso para ubicarlo ahí, también puede retirarlo sin miramiento alguno. Yo sugiero esto último. Imagínense ustedes si cundiera el mal ejemplo de este anuncio en todos los portales de nuestra plaza: aquello dejaría de ser el espacio reposado y armónico que es hoy para convertirse en una competencia de reclamos publicitarios ocultando sus líneas arquitectónicas. Debe pararse esto ahora, cuando todavía no se ha contagiado la mala idea.

1 comentario:

  1. Pero ¿dejarás tu opinión en este blog o se lo harás saber a las autoridades? Pues de esta forma verán si los quitan o no (no sólo este, también los que tu mencionadas). Yo apoyo el que los cambien de ubicación y si harás una propuesta con firmas o algo así yo la firmaría.

    Buen blog :)

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