jueves, 23 de junio de 2022

La visita del arzobispo Aguiar y Seijas a Aculco en 1685

El doctor Francisco de Aguiar y Seijas y Ulloa, natural de Betanzos, en Galicia, fue uno de los más afamados arzobispos de México, cargo que ocupó desde 1682 hasta su muerte en 1698. Fue el fundador del Seminario Conciliar y de diversas obras de beneficencia, como varias escuelas gratuitas para niños pobres, un hospital para enfermas mentales, el colegio de San Miguel de Belén, la Casa de Misericordia y el Hospital de la Magdalena para mujeres de vida licenciosa, y una casa de recogimiento para doncellas pobres. A él se debe también el inicio de la construcción de la antigua Colegiata de Guadalupe. Reconocido por su caridad (que llegó al extremo de entregar su ropa a los mendigos que hallaba desnudos por la calle y a regalar directamente a los menesterosos la cuarta parte de los diezmos episcopales), fue un hombre en extremo ascético, moralista y austero. Buscando transmitir estas virtudes a su feligresía, prohibió las corridas de toros, las peleas de gallos y algunas bebidas alcohólicas como el tepache y el pulque. Con todo, estas prohibiciones fueron poco efectivas, en parte porque el arzobispo era persona "de palabras duras y actos suaves". Por ejemplo, para evitar que se celebrara cierta pelea de gallos no usó su autoridad, sino que compró todas las entradas. Por otra parte, se le ha responsabilizado de que sor Juana Inés de la Cruz abandonara las letras al final de su vida, pero las pruebas de ello son pocas, sino es que inexistentes. Como escribe la historiadora Marie-Cécile Bénassy Berling en su texto "Más sobre la conversión de sor Juana":

De sus relaciones con sor Juana sabemos muy poco a ciencia cierta: primero, el hecho de haber inspirado la venta de sus libros y preseas en favor de los pobres; segundo, otro hecho anterior y menos conocido, que es el permiso de comprar su celda en febrero de 1692. Esto no iba bien con el voto monástico de pobreza. Se necesitaba una dispensa del prelado. El hecho era muy corriente, pero en caso de tener inquina contra sor Juana, D. Francisco hubiera podido aprovechar su posición para dar largas al asunto.

Don Francisco de Aguiar y Seijas era muy activo. De ello es prueba que fue el único arzobispo del siglo XVII que realizó una visita pastoral prácticamente a todas las parroquias de su inmenso territorio, como cuenta Antonio Rubial:

Preocupado por la salud espiritual de todos los fieles que habitaban en el arzobispado, Aguiar fue uno de los pocos prelados que realizó la visita pastoral de la mayor parte del extenso territorio que éste ocupaba. En las épocas de secas y durante tres años, recorrió desde el Atlántico hasta el Pacífico administrando la confirmación, predicando la virtud y fustigando el vicio. En esas visitas se negó a recibir las oblaciones y dádivas que acostumbraban dar los pueblos a los prelados en tales ocasiones [...] En sus visitas, al igual que en las ciudades cabeceras de los obispados que ocupó, Aguiar se mostró como un reformador de la moral pública. Denunció continuamente, pues con ello se rompía con las tradicionales reglas del ordenamiento social, «el notable desorden en los trajes, así por su poca honestidad como por la indistinción con que vestían sedas y telas preciosas y usaban joyas de oro, perlas y plata nobles y plebeyos por igual».

En uno de aquellos viajes, el 10 de mayo de 1685, Aguiar y Seijas llegó hasta Aculco. De su visita quedó constancia en un documento agregado al libro sacramental de bautizos del templo, escrito por don Felipe Deza y Ulloa, notario arzobispal. Aquí transcribo el documento con algunas correcciones de redacción y ortografía que facilitan su lectura, para después comentarles algunas cosas sobre su contenido:

[Libros sacramentales de la parroquia de san Jerónimo, Aculco de Espinosa, Estado de México. Bautismos de hijos legítimos 1679-1787, f. 60 vuelta.]

Auto de visita.

En el pueblo de San Gerónimo Aculco, jurisdicción de Huichapan, sujeto de la doctrina de Xilotepec, a diez días del mes de mayo de mil seiscientos ochenta y cinco años. El ilustrísimo señor doctor don Francisco de Aguiar y Seijas, arzobispo de México, del Consejo de Su Majestad, etc., mi señor, estando entendiendo en la visita de este su arzobispado, habiendo sido recibido en la iglesia de dicho pueblo con repique de campanas y asistencia de la feligresía y cofradías, con cruz alta debajo de palio y vestido con capa el reverendo padre fray Cristóbal de Yncháustegui, presidente de este convento, y de diácono y subdiácono los padres fray Manuel de Chávez, coadjutor, y fray José del Río, religiosos de la orden de san Francisco. Y con asistencia del padre fray Francisco de Trejo, cura ministro de doctrina de Xilotepec, y hechas todas las ceremonias de recibimiento que se acostumbran y disponen por el pontifical y ceremonial, y dado Su Señoría Ilustrísima la bendición episcopal, y leídose el edicto general de visita, y reconiciéndose los libros de bautismos, casamientos, entierros y padrón de esta feligresía sujeta de dicha iglesia, y procedido a hacer algunas diligencias que han parecido convenientes para reconocer si se administran los santos sacramentos con el cuidado y vigilancia conveniente. Y si se enseña predica y explica la doctrina cristiana a los feligreses naturales, y procedido asimismo a la visita del sagrario, pila bautismal, crismeras, aras y altares; y de los ornamentos, custodia, cálices, misales, vasos y demás bienes de sacristía, se manifestaron a Su Señoría Ilustrísima en dicha visita, y visto todo lo demás que se convino. = Dijo: que hacía y hubo por hecha dicha visita y mandaba y mandó se siga la forma de las partidas de los bautismos, casamientos y entierros; y en las partidas de los entierros se añada si testan, en qué día, ante quién, qué persona queda por albacea y quién por herederos, y qué misas dejan, de que se cobre la cuarta arzobispal que toca a Su Señoría Ilustrísima y la entregue al vicario juez eclesiástico a quien está repartido este pueblo y partido, para que el susodicho las remita a la secretaría de cámara gobierno de este arzobispado, de lo cual se le dé noticia; y así mismo se le manifieste el libro de entierros cada que convenga para que tome razón de los albaceazgos para que conforme se vaya cumpliendo el año y día de los albaceas los vaya compeliendo a que den cuenta de los dichos albaceazgos ante el juez de testamentos, capellanías, obras pías de este arzobispado en la Ciudad de México; de que así mismo se dé noticia al juez eclesiástico de este partido. Y si quedase alma heredera, luego se le le dé noticia sin aguardar al año y día de albaceazgo, para que haga luego se proceda a los inventarios y asista a ellos por que no se defrauden los bienes y en el ínterin se dé cuenta al dicho juez de testamentos y capellanías o a Su Señoría Ilustrísima para que se provea lo que convenga. Y que los padres que asisten a los coadjutores en esta dicha feligresía procuren por todos medios se obren pecados públicos, y el que se hagan, vendan y beban tepache, vino pulque y otros vinos que están prohibidos; y el que asistan los feligreses y naturales a la doctrina cristiana, nombrando para ello fiscales en este pueblo como en los demás sujetos a éste para que cuiden dicha doctrina, y especialmente en los pueblos que se hallan retirados de éste, por haberse reconocido la grande distancia que hay de ellos a este; en los cuales se junten y congreguen y se les enseñe y explique la doctrina cristiana y así mismo en éste; y que en yendo el religioso a la misa de visita los reconozca y los cuente para que oigan la dicha misa; y en atención a que en dichos pueblos y en especial en los de Santiago y San Ildefonso hay más de mil feligreses chicos y grandes, Su Señoría Ilustrísima rogaba y encargaba al reverendo padre provincial que fuese de la Provincia del Santo Evangelio del seráfico padre san Francisco de esta Nueva España, asigne religioso lengua que viva y asista en uno de dichos pueblos y que haya en él sagrario. Luego se ponga religioso, lo cual se puede poner en el pueblo de Santiago donde hay iglesia y desde luego en caso necesario, Su Señoría Ilustrísima pide e invoca el auxilio de Su Majestad, a cualesquier justicia de este reino para que lo referido tenga debido efecto por haberse reconocido que los naturales de los dichos pueblos de Santiago no han ocurrido a confirmarse y haberse escusado e informado de no querer oír la misa de su visita ni juntarse a doctrina. Y para que cumplan con su obligación de cristianos, siendo necesario se dé cuenta por el ministro de esta doctrina o por cualquiera de los coadjutores, a la Real Audiencia para que provea del remedio y convenga; y así con dichos naturales como con los demás de esta feligresía, se observe la costumbre en cuanto a la paga de los derechos parroquiales y no ajustándose a ella, observen el arancel de derechos parroquiales de este arzobispado que está mandado guardar y cumplir por la Real Audiencia de la Ciudad de México. Y encargaría Su Señoría Ilustrísima, encargo a los dichos padres coadjutores traten a los dichos naturales con todo amor y caridad, y no permitan que los susodichos den en sus confesiones y comuniones medio real, huevos, pollos, ni otros géneros quitandoles de tan pernicioso abuso que se halla prohibido por edictos de este arzobispado; Y prohibía y prohibió el que en los temascales y baños se bañen juntos hombres y mujeres para que se excusen ofensas a Dios. Y con los españoles, negros, mulatos y mestizos se observe el arancel de este dicho arzobispado sin que se exceda en manera alguna. Y mandaba y Su Señoría Ilustrísima mandó a todos los feligreses y naturales asistan a la doctrina cristiana y su explicación para lo cual se deje un libro. Y desde luego Su Señoría Ilustrísima suspendía y suspendió todas cualesquier cofradías, hermandades y licencias de decir misa en capillas, ermitas y oratorios que no se hayan presentado en la presente visita, para que de ellas no se use hasta que obtengan despacho de Su Señoría Ilustrísima, todo lo cual se cumpla y ejecute precisa y puntualmente por el padre ministro de doctrina y cualquiera de sus coadjutores y los que en adelante fuesen, y por los feligreses y demás personas a quien lo referido toca o tocar puede, en virtud de santa obediencia y pena de excomunión, y con apercibimiento de que no lo haciendo se procederá contra los inobedientes como haya lugar por derecho y así lo proveo mando y firmo.

Francisco, arzobispo de México

Ante mi, Felipe Desa y Ulloa

Notario arzobispal y de visita

 

La iglesia de Aculco era entonces ayuda de parroquia de Jilotepec y tardaría todavía 74 años en ser erigida parroquia por derecho propio. Pertenecía naturalmente al arzobispado de México, pero no lo atendían clérigos seculares, sino frailes franciscanos de la Provincia del Santo Evangelio. En lo civil, el pueblo dependía de la alcaldía mayor de Huichapan, que se había convertido en la cabecera de la antigua Provincia de Jilotepec. Bajo la jurisdicción de la doctrina de Aculco estaban comprendidos no sólo los pueblos que continuan perteneciendo hoy al municipio de Aculco, sino también los que conforman Polotitlán y muchos al sur del municipio de Amealco, entre ellos los de San Ildefonso y Santiago Mezquititlán (que son los mencionados en el documento por hallarse muy alejados del pueblo de Aculco).

Una visita del arzobispo a las poblaciones de sus diócesis tenía en aquella época una serie de objetivos establecidos por el Concilio de Trento: administrar el sacramento de la confirmación, mantener la doctrina cristiana, fomentar las buenas costumbres, exhortar a los fieles a la observancia de luna vida cristiana, y a corregir las faltas de los eclesiásticos. Era, por así decirlo, una “visita de inspección” (obispo significa en griego supervisor) que debía hacerse en teoría cada dos años y por ello se revisaba el templo, su pila bautismal y sagrario, y muy especialmente los libros en que se llevaba registro puntual de nacimientos, matrimonios y entierros. También se revisaba que las cofradías o hermandades estuvieran legalmente fundadas y que los lugares en que se celebraran la misa estuvieran decentemente dispuestos. Todo ello lo vemos expresado en el auto de visita.

Fuera de los asuntos que seguramente eran los mismos en todas las parroquias (como la revisión de los libros sacramentales), el documento permite atisbar algunas particularidades de la visita de Aguiar y Seijas a Aculco. El primero es el número, nombre y cargo de los tres franciscanos que entonces habitaban el convento de Aculco: el sacerdote fray Cristóbal de Yncháustegui, guardián, el diácono fray Manuel de Chávez, coadjutor, y el subdiácono fray José del Río. También destaca el interés del arzobispo para que los pueblos alejados de la cabecera (los ya mencionados de Santiago y San Ildefonso) fueran atendidos por un "fraile lengua" (es decir, hablante de lengua indígena, en este caso otomí) que viviera en ellos. De la descripción de Aculco hecha pocos años después por fray Agustín de Vetancurt en su Crónica de la Provincia del Santo Evangelio se deduce que la orden fue atendida: "En el [pueblo] de Santiago que está más lejos asiste religioso". Con todo, esta lejanía determinaría que años después se incorporara a aquellos pueblos a la parroquia queretana de Amealco.

Curiosas resultan tambien las prohibiciones que señaló Aguiar y Seijas, pues nos hablan de las costumbres de los aculquenses de aquellos años tan lejanos, como la de beber tepache y pulque, o la de bañarse con mezcla de sexos en los temascales.

Pero es interesante asimismo lo que el documento calla de aquella visita. Porque el templo de san Jerónimo se hallaba en plena construcción en esos años y llama la atención que no se hiciera un solo comentario al respecto. A pesar de ello, quizá quedó un recuerdo de la visita de Aguiar en el propio edificio: el arzobispo fue un gran impulsor del culto a Santa Rosa de Lima, canonizada apenas en 1671, y quizá fue eso lo que determinó que se eligiera a esta santa peruana para ocupar un sitio tan destacado como el que tiene en el remate de la fachada de la iglesia.