miércoles, 6 de julio de 2011

¿No es esto un delito electoral?



Todavía no salgo de mi asombro. Al hojear las páginas de la versión electrónica (no sé si hay otra) del informativo El Periódico, que en otras partes aparece como El Periódico de Jilotepec, su lema "la voz que se lee", correspondiente al año IV, no. 112, del 30 de marzo de 2011, que se puede consultar en línea aquí, me encontré con esta curiosa inserción pagada firmada por el presidente municipal de Aculco, no a título personal, sino precisamente como cabeza del Ayuntamiento.

No soy ningún experto en leyes electorales, pero me parece más que evidente que esta inserción puede constituirse en un delito. ¿Por qué? Porque el alcalde de Aculco -utilizando el logotipo oficial de su administración, el glifo/escudo de Aculco cuyo uso reserva el Bando Municipal a las autoridades locales, firmando con su cargo y presumiblemente empleando recursos públicos- está apoyando al candidato de un partido político, lo que está expresamente prohibido en el Código Penal del Estado de México:



Título Quinto
Delito contra el proceso electoral
Capítulo único


Artículo 320.- Comete delito contra el proceso electoral, el servidor público que:
...
III. Destine fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo de un partido político o candidato;
...
Al responsable se le impondrá de doscientos a setecientos días multa o prisión de tres a seis años, o ambas penas.
...
Artículo 323.- Cuando el delito previsto en este capítulo sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, será destituido definitivamente e inhabilitado por veinte años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.
...
Artículo 327.- El delito previsto en este capítulo se perseguirá de oficio.


Tengo entendido que la Procuraduría General del Estado de México está ya en conocimiento de este posible delito. Pero, sabiendo quiénes mandan en nuestro estado y seguirán mandando de aquí a la eternidad, seguramente el asunto no pasará a mayores. Se disculparán diciendo cosas tales como que la inserción no le costó al erario, o que el tonto error de la fecha (11 de julio en lugar del 3, que fue el día de las elecciones) demuestra que no se refiere a las votaciones del estado de México. Pero por lo menos queremos que conste aquí, para memoria.

Ciertamente este asunto se aleja del tema principal de nuestro blog, que es el de su historia y la conservación de patrimonio. Sin embargo, estamos convencidos de que si se deja pasar una violación a la ley que, como en este caso, no nos afecta, más tarde se dejará pasar una que sí tenga que ver con nosotros y por ello debemos defender el esencial respeto a las normas del municipio, del estado y de nuestro país. No se trata de un asunto partidista, de igual manera me parecería inaceptable que el PAN u otro partido hicieran uso de recursos municipales para apoyar a su candidato.

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