martes, 3 de febrero de 2009

Corrupción en el INAH, negligencia en la SFP

Corrupción y negligencia. De otra manera no se entiende. Todo parece indicar que "maicearon" al Centro INAH Estado de México y que el órgano interno de control de la Secretaría de la Función Pública en dicho instituto no tiene el menor interés en investigarlo. Juzgue usted si no es así.

El pasado 1 de septiembre envié al mentado órgano interno de control, el documento que a continuación copio, en el que no sólo aporto razones, sino pruebas, de la posible existencia de un contubernio entre el Ayuntamiento de Aculco y el Centro INAH Estado de México para tapar la destrucción que el presidente municipal Ing. Javier Venancio hizo de los Lavaderos Públicos entre marzo de 2007 y febrero de 2008. Aquí mi carta:


ATENCIÓN
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL
INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPLOGÍA E HISTORIA

Me dirijo a ustedes con todo respeto para denunciar las irregularidades en las que ha incurrido el Centro INAH Estado de México, en relación con obras realizadas en la cabecera del municipio de Aculco.

1. A través de la solicitud de acceso a la información número 1115100003908, presentada el día 12 de febrero de 2008, pedí me fuera proporcionada copia del informe presentado por la arqueóloga Beatriz Zúñiga, adscrita al INAH, a dicho Centro, acerca la inspección realizada en agosto de 2007 a las obras al inmueble conocido como “Lavaderos Públicos” u “Ojo de Agua” (monumento histórico por determinación de ley al tratarse de un edificio destinado al servicio público construido en el siglo XIX), que en aquel momento estaba siendo intervenido por el Ayuntamiento de Aculco. Cabe mencionar que en dicha inspección yo estuve presente.

2. En respuesta a esta solicitud recibí, con fecha de 7 de marzo de 2008 el documento INAH-CI-004 EXP 39 08 en el que se me hace saber de la INEXISTENCIA de la información solicitada, pues según afirman “en los archivos de esta Institución no obra dicha información.” Ver documento anexo.

3. Después de algunos meses, entré en contacto con la Arqueóloga Zúñiga, quien se mostró sorprendida de lo anterior y me hizo llegar el informe que yo había solicitado y que se me había negado. Dicho informe fue presentado al Lic. Héctor Martínez Sánchez, responsable del Centro INAH Estado de México el 20 de agosto de 2007 y enviada una copia a Ana Luisa Elías, actual subdirectora del Centro INAH Estado de México, según me indica la propia arqueóloga. Anexo este informe.

4. En consecuencia, la negativa a proporcionarme información existente, argumentando su inexistencia, constituye por sí misma una irregularidad que debe ser investigada.

5. Pero lo verdaderamente importante es que el contenido del informe en cuestión pone en entredicho la actuación del Centro INAH Estado de México en este caso, pues demuestra:

a) Que las obras llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Aculco en dicho inmueble iniciaron mucho antes que la concesión de una licencia de “remodelación” por parte del INAH con fecha del 8 de noviembre de 2007, lo que advierte de la existencia un delito del orden federal por realizar obras en un monumento histórico sin autorización PREVIA de este instituto.

b) Que las obras eran francamente destructivas, pues la arqueóloga Zúñiga testifica en su informe el desmantelamiento del techo de teja (que no se encontraba ya caído, como argumentó después el Centro INAH), que se eliminaron los aplanados de las bardas y se colocó un rejoneado “que no corresponde a la arquitectura tradicional de Aculco” (que más tarde el centro INAH justificó afirmando que existen en Aculco inmuebles antiguos con dicho acabado, lo cual es totalmente falso), que se eliminaron los lavaderos y el piso de losetas de barro, que la mayor parte de los lavaderos que se conservaban in situ tenían afectaciones (desportilladuras), etcétera. De lo que concluye que “el edificio ha sido severamente alterado”

c) Que el Centro INAH, al permitir la continuación de las obras en noviembre de 2007, simplemente se limitó a validar las obras destructivas ya llevadas a cabo y a aceptar gratuitamente los criterios “escenográficos” denunciados por la arqueóloga Zúñiga, adoptados por el Ayuntamiento de Aculco.

d) Que más allá que se pudiera argumentar que El INAH aprobó en su licencia criterios de restauración válidos que difieren de los de la arqueóloga Zúñiga (que no es el caso), existe la prueba concreta del carácter destructivo de la obra: en su inspección la arqueóloga Zúñiga constató la existencia de una losa con la inscripción que señala las obras de 1921 y solicitó su recuperación, pues se hallaba en el escombro. Dicha petición no fue atendida y la lápida se ha extraviado, lo que puede comprobarse con una visita al monumento.

6. Dado lo anterior, sorprende que en el acta circunstanciada levantada ante el Ministerio Público, producto de la denuncia presentada ante la PGR por un servidor por daños a un monumento histórico, el Centro INAH Estado de México haya declarado que no existía daño alguno a este inmueble. Y lo que es peor, que haya permitido que el edificio prácticamente se perdiera, pues lo que hoy subsiste bajo una remodelación de pésima calidad no conserva sino un 10% a lo más de la obra original.

Por todo lo anterior, me parece que merece la atención de la Secretaria de la Función Pública la actuación del Centro INAH Estado de México en este caso, pues no sólo no tomó en cuenta el informe presentado por la arqueóloga Beatriz Zúñiga, sino que actuó parcialmente a favor de quienes llevaron a cabo su destrucción, ocultó el informe mencionado y se convirtió prácticamente en cómplice del Ayuntamiento de Aculco en el delito federal de destrucción de un monumento histórico, a lo que podría sumarse los delitos de falsedad de declaraciones y obstrucción de la justicia.

En vista de esto, solicito atentamente lo siguiente:

1. Se analice la actuación del Centro INAH Estado de México en el tema de la destrucción de los “Lavaderos Públicos” u “Ojo de Agua” de la cabecera municipal de Aculco, a la luz del informe de la arqueóloga Beatriz Zúñiga y de los elementos que proporciono en esta carta.

2. De hallarse irregularidades en dicha actuación, solicito se actúe legalmente en contra de quienes son responsables de las mismas e incluso que el propio INAH reponga de algún modo la denuncia que presenté ante la PGR por los daños al inmueble mencionado y que por las declaraciones realizadas ante el Ministerio Público por parte del Centro INAH fue desestimada.

3. Se haga valer la Ley Federal de Sitios y Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos para que el inmueble sea restaurado con criterios adecuados que permitan la recuperación de su verdadera apariencia, con fondos de su destructor, el Ayuntamiento Municipal de Aculco, Estado de México.

4. Se revisen las actuaciones del Centro INAH en el mismo municipio de Aculco en los últimos meses, dado que los elementos aquí proporcionados mueven a considerar la posible existencia de contubernio con las autoridades municipales en las obras realizadas en este lapso. A saber:

a. La construcción de un portal nuevo, con arcos mal trazados, al frente del inmueble conocido como “Casa de Hidalgo”, catalogado como monumento histórico; obras que alteraron su fachada y mutilaron los vanos de su planta superior y los de un inmueble aledaño del siglo XIX, y que aparentemente se efectuaron apoyándose en una licencia de “restauración del portal poniente” de la plaza, lo que no corresponde ni a su ubicación (pues el portal nuevo se halla al norte, viendo al sur), ni a su historia, pues no existió nunca en dicho punto un portal que pudiera ser “restaurado”.

b. La destrucción del pretil del reloj público de 1904 y su reconstrucción con formas y materiales modernos.

Agradezco mucho su atención a la presente y quedo a sus órdenes para presentar en el momento en el que me sean requeridos los documentos y fotografías que demuestran lo aquí asentado.

Atentamente...



Hasta aquí mi carta. Considero que todo esto merecía por lo menos un análisis cuidadoso de la situación y una respuesta puntual a cada una de mis aseveraciones y a cada una de mis peticiones, así fuera un "no procede". Pero vea usted la respuesta que he recibido ayer por parte de la SFP:


ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA
ÁREA DE QUEJAS
EXPEDIENTE No. SO-000193/2008
OFICIO No. 11/010/DRQ/1982/2008

México, D.F. a 26 de septiembre de 2008

Hago referencia a su correo electrónico recibido en esta Área de Quejas el primero de septiembre de dos mil ocho, mediante el cual solicita se verifique lo tocante al trámite para la autorización de obras en el inmueble conocido como los "Lavaderos Públicos" u "Ojo de Agua" de la cabecera municipal de Aculco, Estado de México.

Sobre el particular, hago de su conocimiento que esta autoridad administrativa mediante oficio No. 11/010/DRQ/1781/2008 de fecha dos de septiembre de dos mil ocho, solicitó al Centro INAH Estado de México, un informe pormenorizado respecto a la problemática planteada; por lo que se recibió el oficio No. 401-725-2/1924AJ/08 de fecha veintidós de septiembre del año en curso, suscrito por el Director del Centro INAH Estado de México, el Lic. Luis Alberto González Batani, en el cual informó lo siguiente:

"…Que en fecha 12 de septiembre de 2007, mediante oficio 343, el Ing. Francisco Javier Venancio Ramírez, Presidente Municipal Constitucional de Aculco, Estado de México solicita se oriente en la realización de mantenimiento de techumbre, cambio de lavaderos, posición original de muros de contención, levantamiento de pisos para su nivelación y cambio de piezas dañadas y mantenimiento en el sistema electrónico y cambio de lamparas dañadas.

Una vez que se comisionó a personal del área competente, (Monumentos Históricos) de este Centro, y con base en dictamen de fecha 30 de octubre de 2007, suscrito por el Arq. Martín Trejo Flores, se autorizaron al Ing. Francisco Javier Venancio Ramírez, Presidente Municipal Constitucional de Aculco, Estado de México, realizar trabajos de remodelación en el inmueble citado, mediante licencia número 401-725-2/345F/07 de fecha 8 de noviembre de 2007; con el seguimiento a la misma..."

Por tal motivo, esta autoridad administrativa considera que el referido Centro INAH Estado de México conforme a su ámbito de atribuciones llevó a cabo las acciones tendientes a proporcionar atención la problemática planteada por usted, sin embargo de estimarlo pertinente podrá establecer contacto con dicho Centro INAH ubicado en Av. Morelos Ote. 502, Colonia San Sebastián, Toluca, C.P. 50090, Estado de México, Tels: (722) 2157080 y (722) 2158569 Ext. 101 y 102 o bien, vía correo electrónico direccion.mex@inah.gob.mx para cualquier aclaración o precisión al respecto.

Sin otro particular, reitero a usted mi más atenta y distinguida consideración.
A T E N T A M E N T E
EL TITULAR DEL ÁREA DE QUEJAS
LIC. ISRAEL ALBERTO CHÁVEZ BARBAZÁN




O sea que, en llanas palabras, le preguntaron al Centro INAH, el mismo al que yo estaba denunciado, si había obrado bien o mal. Y como ellos contestaron que habían obrado bien, entonces -concluye la sabia Secretaría de la Función Pública- obraron bien. Triste y lamentable. Si ya el INAH ha demostrado su inutilidad en la preservación de nuestro patrimonio monumental en toda la geografía de México, ahora se le suma la Secretaría de la Función Publica.

Indignado, respondí inmediatamente con el siguiente mensaje:


Lamento mucho que no se hayan tomado la molestia de leer mi queja y responder a cada uno de los cuestionamientos que puntualmente hice en ella. Este oficio no responde en absoluto a lo que solicité, puesto que da informacíón que ya conocía. Resulta absurdo que me contesten con un "puesto que el Centro INAH Edomex afirma que actuó con apego a la ley, entonces el Centro INAH Edomex actuó con apego a la ley". Lo siento verdaderamente. Ustedes son parte de la misma corrupción.



La reconstrucción de los Lavaderos Públicos de Aculco inventada por Javier Venancio Ramírez (después de destruir los originales) y avalada por el Centro INAH Estado de México.