viernes, 18 de septiembre de 2026

Los 27 cautivos de Arroyozarco (1806)

Después de la expulsión de los jesuitas en 1767, la hacienda de Arroyozarco quedó en manos del fisco, que primero la administró directamente a través de oficiales reales y más tarde decidió arrendarla: en 1791 a don Fernando Bueno y en 1798 a don Agustín Sánchez.La mala experiencia con este último arrendatario llevó finalmente a que se decidiera su venta en 1804, que se consumó en 1810 con el traspaso de la hacienda a los hermanos Ángel y Antonio Revilla.

Numerosas quejas se acumularon en su contra de aquel indeseable arrendatario. Al parecer, era un personaje autoritario y tiránico, que se sentía dueño hasta de los trabajadores de la finca -e incluso de quienes no laboraban en ella, pero pasaban por ahí- y no dudaba en maltratarlos.

El caso del que les platicaré hoy tiene que ver precisamente con eso: la manera en que apresó y mantuvo cautivo a un grupo de 27 indios para trabajar de manera forzada. Aunque el episodio es terrible y merece por sí mismo ser recordado, para la historia de Arroyozarco tuvo, por fortuna, una consecuencia inesperada: el expediente que produjo nos dejó una pequeña descripción de algunas áreas de la Casa Vieja, esa parte de la antigua hacienda que todavía se levanta, aunque en ruinas, a la izquierda de la parroquia de Arroyo Zarco.

Según la denuncia presentada el 23 de julio de 1806 por don Joaquín Martín de San Luis, gobernador de los naturales de la provincia de Jilotepec, don Agustín tenía la costumbre de "tomar por fuerza a los indios de los pueblos inmediatos para que trabajen en sus labores con tanto exceso que, aunque vayan de tránsito con bestias, a comerciar o a otra justa ocupación, como es la de recaudar los reales tributos, no les respeta, sino que, en caso necesario, su hijo [Miguel Sánchez de la Concha], que está de administrador, y los demás dependientes hacen uso del lazo para llevarlos con violencia. Conducidos ya a la hacienda, los encierran para que salgan al trabajo, en el que los maltratan y golpean en términos que muchos se dan arbitrios para huirse, dejando abandonado el jornal de los días que han trabajado, consiguiéndose de esta suerte de parte de la hacienda el lucrar con el sudor y trabajo de aquellos infelices; y los demás que quedan detenidos, bien por el interés del jornal que han devengado o bien porque no pudieron profugarse, se les paga a razón de a real y medio, siendo el jornal corriente en la Provincia por lo menos el de dos reales, y en algunas ocasiones mayor. No satisfechos los dependientes con estos excesos, cuando no se les proporcionan indios en el camino real o sus inmediaciones, se internan en los pueblos para sacarlos de sus mismas casas, que es el asilo más privilegiado que el hombre de bien puede tener".

En efecto, continuaba don Joaquín, los empleados al servicio de Agustín Sánchez habían entrado recientemente al rancho de las Tablas, de donde se llevaron amarrados a cuatro indios, y habían cometido abusos semejantes en otros ranchos, como el de la Cofradía de Calpulalpan y el Rosal. En San Andrés Timilpan habían tenido el "atrevimiento" de quemar una casita y dos hacinas (montones) de zacate y cebada, machetear los magueyes y llevarse presos a otros indios.

Aunque los hechos se denunciaron al juez del partido, sus "providencias y oficios" no tuvieron ningún efecto para terminar con esos abusos. Quizá se debía, continuaba la acusación, a que Sánchez era fiador del subdelegado, la principal autoridad político-administrativa del partido. Incluso el cura de Jilotepec, don Andrés Benosa, intervino y envió una carta al arrendatario de Arroyozarco, pero "se le contestó con desprecio que se soltarían los presos cuando se acabara la cosecha [de trigo] o se les antojara". Ante esta respuesta "provocativa e insultante", los indios de la zona comenzaron a organizarse para ir a rescatar por la fuerza a los prisioneros, de lo que logró disuadirlos el párroco. También los convenció la promesa del gobernador de viajar a la Ciudad de México para presentar su queja al virrey en busca de justicia.

Así lo hizo don Joaquín, e hizo valer como argumento la defensa de los indios que distinguía a la monarquía hispánica, por más que sus buenas leyes tantas veces se violaran, como había ocurrido en este caso:

[Estos excesos] son de mucho tamaño por tres consideraciones: la primera, porque se castiga a los indios cruelmente contra los sentimientos de humanidad, y la proteccion que en esta parte le dispensa nuestro Soberano. La segunda, porque con este arbitrio delincuente y con pagarles disminuido su jornal ses les defrauda y roba lo que se les debía pagar legítimamente por su trabajo, contraviniéndose de esta suerte a la ley de estos reinos, que habla de este particular y la tercera, porque con el encierro de la hacienda se les distrae a los infelices indios de las atenciones de sus familias, del cultivo de sus cortos sembrados, y se les hace caminar lasgar distancias, privándoseles del trabajo que pueden tener en las inmediaciones, con descanso, con libertad y a buen jornal. Son más agravantes estas concideraciones en el año presente, porque con la epidemia y mortandad que padeció la cabecera y sus pueblos anexos en los dos años últimos, no han cogido maíz alguno, y nececitan por lo mismo los indios duplicar sus faenas y trabajos para recompensar aquellas pérdidas.

El virrey Iturrigaray escuchó el reclamo y ordenó al administrador de Rentas de la jurisdicción, don Bartolomé Truco, que investigara el caso. El 26 de julio de 1806, Truco se dirigió con sus testigos de asistencia a la hacienda de Arroyozarco. No hallaron a don Agustín, que estaba en la capital del reino, pero sí a su hijo y administrador, Miguel Sánchez. Don Bartolomé le exigió que le entregara la llave de la galera en que estaban "presos o custodiándose" los indios. Miguel obedeció y, al abrirla, encontraron que eran más de treinta los cautivos.

Miguel justificó la acción de su padre de forzarlos a trabajar en la hacienda diciendo que "era costumbre que en esta finca se había observado desde en tiempo de los reverendos padres jesuitas". Esta afirmación, que más tarde refrendó don Agustín, no se sostenía en opinión del cura de Jilotepec, según escribió en un informe posterior: "[Sobre] que ha sido costumbre valerse de la fuerza para conseguir trabajadores, digo que en 14 años que tengo de cura en este partido, jamás había habido, ni quejas, ni clamores, ni de indios, ni rancheros, hasta que entró don Agustín Sánchez de arrendatario".

La manera en que Truco halló a los indios detenidos no sólo describe las circunstancias de su encierro, sino que también nos permite seguir su recorrido por distintas áreas de la Casa Vieja de la hacienda:

Habiéndome manifestado don Miguel Sánchez la pieza donde tenía encerrados la noche del día de ayer, los indios de que se trata, entré a ella asociado de los testigos de asistencia y vi que es un granero o troje [a] en los altos de la hacienda pasados dos corredores [b1 y b2], la cocina [c] y un pasadizo [d], la cual está enladrillada y blanqueada, bien fortificada, y en ella un montón grande de trigo en grano, y otro menor de cebada, con bastante amplitud para treinta y tantos indios que en ella hallé sueltos y sin ningunas prisiones, ni tampoco había allí cepo, grillos, ni otra especie de éstas; mas en el mismo acto me instruyó el referido Sánchez que por haber llevado los dos dias anteriores más indios, los había mandado mudar anoche a dicho troje, pero que donde habían dormido ocho o nueve días antes era en otro cuarto en los bajos de la casa; el que incontinenti le intimé me enseñara, y para verificarlo bajamos la escalera [e], y al pie de ella se halla una pieza [f] como de tres varas de ancho y siete u ocho de largo, en la cual están tres o cuatro pilas de aparejos, un palo largo de guardar sillas de montar, con otros varios trastos y sarandajas, muy [a]humada y el suelo lleno de peñascos que sobresalen de él unos más de una cuarta y otros menos, de manera que así por su estrechura como por lo aspero del suelo por las muchas piedras que tiene enterradas no es capaz que en él se acomodasen a dormir arriba de ocho a diez y muy incomodos, porque aunque a su continuación está otro cuartito [g] como de cuatro o cinco varas en cuadro sin puerta de mano, están en él unos cueros crudos de res apilados, y muy sucio y hediondo porque de noche (según se me informó), allí se orinaban y regían el cuerpo dichos indios, de manera que a la verdad donde estos dormían más parece zahúrda de lechones que habitación de gentes; bien que ni aquí tampoco se hallaron prisiones ningunas. Que de los treinta y tantos que estaban encerrados, dejé cuatro o cinco por ser, según expresaron, de las jurisdicciones de Ixtlahuaca, Tula, y otras, y puse en libertad veinte y siete que son de ésta y se hallan radicados los veinte y uno en los pueblos y ranchos del comando del gobernador de Jilotepec; cuatro del partido de Aculco, uno de Chapa de Mota, y otro de la cabecera y pueblo de Huichapan.

En los siguientes planos de 1768, aparecen los puntos mencionados marcados en rojo:

Don Bartolomé Truco no sólo liberó a los 27 infelices, sino que supervisó que se les pagaran sus jornales a razón de real y medio diario. Advirtió además que se les había hecho trabajar los dos días anteriores, que habían sido festivos. Truco se retiró al mesón de Arroyozarco para hospedarse y allí los indios liberados le informaron cómo habían sido capturados:

A unos los habian cogido leñando en el monte, a otros cuando salían a las plazas a comprar su maíz y demás víveres comestibles, a otros llendo o viniendo de tránsito por el Camino Real que pasa por entre las casas de la hacienda y las del mesón, como le sucedió a José Vicente del pueblo de Aculco, que iba con una carga de huevos para México y del camino se lo llevaron para la hacienda; y así respectivamte todos fueron violentados y forzados. Y que estas ejecuciones las ha hecho de ocho o nueve días al presente el mismo don Miguel Sánchez en compañía de sus mandones y vaqueros.

En la Ciudad de México, el fiscal protector halló estas "vejaciones tan escandalosas" que decidió proceder más allá de la liberación de los 27 indios de la provincia de Jilotepec y de los otros cuatro o cinco que Truco no había liberado por no excederse en sus funciones. Ordenó que en un lugar visible de la hacienda se colocara el bando relativo "al buen tratamiento, libertad y paga de jornales de los indios sirvientes de las haciendas". Recomendó a Truco que mantuviera su atención "a fin de conseguir el remedio en lo futuro". Condenó a Sánchez a pagar los gastos del gobernador y los procesales (estimados en 72 pesos cinco reales) y le hizo un serio "apercibimiento", tanto a él como a su hijo, "por los excesos pasados", imponiéndoles finalmente una multa de 200 pesos.

Sánchez, por cierto, se defendió diciendo que, al capturar a aquellos indios, no había hecho más que beneficiarse de las mismas "exenciones y privilegios" con que se había administrado Arroyozarco en manos de los oficiales reales, entre ellas la de "coger los vagos y hacerlos trabajar", "sin innovar la cosa más mínima de la práctica que encontré establecida". Sin embargo, todo indica que se trataba de un abuso y no de una práctica habitual.

Las quejas contra don Agustín Sánchez iban en realidad más allá del trabajo forzado y de la indebida detención de trabajadores:

Que a los indios rancheros o subarrendatarios se les han aumentado notablemente las pensiones de ranchos y pastos; que el arrendatario Sánchez y sus dependientes, atropelladamente y sin intervención de juez, cobran rentas, pastos y deudas, valuando ganados y efectos de los deudores que toman para satisfacerse; que en cuanto a los perjuicios que se dicen inferir los ganados de los indios en la hacienda, aunque no hagan más que entrar un instante en sus tierras, arrean las cabezas para ella, las encierran y para su rescate se exigen dos reales a los dueños; y, por último, que dicho Sánchez corta y vende maderas cuantas quiere, con notable detrimento de los montes de la hacienda.

Como subrayó el fiscal, aquello iba en contra de las órdenes del anterior virrey Miguel de Azanza, quien había dejado establecido:

Que el arrendatario se arreglase a la costumbre del país en las pensiones de pastos, lo cual debe entenderse sin perjuicio de los que deben dejarse libres a los indios para los ganados de su uso, que se entienden los que necesitan para sus labores y conducir sus efectos, y no para cría ni hacer comercio con ellos mismos; con prevención de que se dejase también libre a los indios el corte de leña y madera para sus usos, hogueras, fábrica de sus iglesias y casillas, dejándose horca y pendón en los árboles para que no se destruyan todos, conforme a las leyes, autos acordados de la Real Audiencia y disposiciones de la materia.

El asunto era en realidad tan escandaloso que la justicia actuó con inusual rapidez. Apenas dos meses después de presentada la acusación contra don Agustín Sánchez, en septiembre de 1806, éste acordó pagar al gobierno indígena de Jilotepec para "sufragar los gastos, atrasos, perjuicios y menoscabos que se les han originado". Satisfechos de esta manera los agravios, los representantes indígenas aceptaron desistirse y apartarse de la demanda puesta contra aquél, "quedándoles el derecho a salvo para lo sucesivo repetirlo si dicho Sánchez cometiere iguales excesos o diere lugar a nuevas quejas".

***

El caso aquí mostrado, además de aportar al conocimiento de la historia local, permite conocer los claroscuros de la justicia en tiempos de la Nueva España. Los abusos de los propietarios contra los indígenas y trabajadores existían, por supuesto. Pero también existían vías para que, con el respaldo de sus comunidades, buscaran y alcanzaran justicia y satisfacción, incluso económica. El rey, el virrey y sus oficiales sostenían un sistema paternalista hacia los indios que, si bien no era capaz de contener los excesos de los particulares, en muchos casos sí aportó medios de protección a posteriori medianamente efectivos. La abundancia de documentos en los archivos sobre quejas de los pueblos indígenas es tanto un catálogo de abusos como una muestra de la posibilidad real de combatirlos.

Irónicamente, la Independencia y, sobre todo, las reformas liberales acabaron con buena parte de esos medios de protección, al suprimir las diferencias jurídicas entre las distintas calidades de la población y privilegiar al individuo frente a la comunidad.

 

FUENTE:

Expediente formado de pedimento del gobernador de Xilotepec conta don Agustín Sánchez, arrendataio de la hacienda de Arroyo Zarco sobre perjuicios y vejaciones a los indios de quella provincia, 1806, Tierras, vol. 2191, exp.3, AGN. Disponible en: https://www.familysearch.org/ark:/61903/3:1:3Q9M-CSDL-K3S1-G?view=fullText&keywords=casas+de%2CAculco&searchForm=advanced&lang=es&groupId=M98V-B6P

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