sábado, 22 de noviembre de 2025

"La xocoyota de la casa"

Entre las muchas tareas de preservación del patrimonio cultural de Aculco aún pendientes, se encuentra la de realizar un inventario sistemático de las palabras y expresiones que caracterizaban el habla local antes de que la modernidad y la estandarización lingüística impulsada por los medios de comunicación la volvieran prácticamente indistinguible de otras. Quizá no quede mucho tiempo para emprenderla, pues cada día que pasa se pierden esas expresiones, mueren las personas que las empleaban y hasta sus descendientes olvidan su recuerdo o ignoran su significado. Aunque no me he propuesto realizar esa tarea de rescate, sí quiero, en la medida de lo posible, aportar algo al respecto, como lo hice cuando hablé de los shirgos. Por ello, voy a referirme ahora a una palabra que sólo escuché emplear a una persona de Aculco hace ya muchos años: xocoyote, y a la manera en que su uso está documentado históricamente en nuestro municipio.

Andrea Martínez Zenos, originaria de la Loma de Buenavista en Ñadó y nacida en 1910, fue la persona a quien escuché usar este término en el habla cotidiana y lo usaba siempre len diminutivo: el xocoyotito. Esta palabra de origen náhuatl y que en Aculco se pronunciaba con "s" inicial (aunque la Academia Mexicana de la Lengua señala que se pronuncia con "sh" y en otros diccionarios se admite su pronunciación con "j"), tiene un significado idéntico al de la expresión "benjamín" que suele usarse en un ámbito más amplio de la lengua española, siguiendo el relato bíblico de José y sus hijos: se refiere al hijo menor en una familia. Moctezuma II, el emperador azteca que reinaba a la llegada de Hernán Cortés, llevaba por cierto el sobrenombre de Xocoyotzin, es decir, "el hijito menor", donde el diminutivo tiene un sentido de respeto o reverencia.

En algunas sociedades, incluidas las del México prehispánico, el hijo menor tenía funciones particulares dentro de su familia: era quien permanecía en la casa paterna para cuidar a los progenitores en su vejez y, al morir éstos, heredaba la vivienda o incluso todas sus posesiones. Diversos etnólogos han identificado esta tradición entre los otomíes, y en Aculco definitivamente existió (o quizá exista todavía), probablemente heredada como costumbre de esa misma etnia. Conozco, de hecho, dos casos de la segunda mitad del siglo XX en la cabecera municipal en los que esta práctica se mantuvo, aunque omito los detalles para no incomodar a sus familias. Lo curioso es que, en ambos casos, no podía atribuirse a estas familias una ascendencia otomí reciente: eran familias mestizas desde hacía muchas generaciones.

El uso del término xocoyote y las costumbres asociadas a este concepto se pueden rastrear en Aculco por lo menos hasta principios del siglo XIX. Existe un documento de 1804 en el Archivo General de la Nación en el que una mujer del pueblo de Santa Ana Matlavat, Catarina María, usa dicha palabra para referirse a sí misma al reclamar sus derechos en la herencia paterna, que según ella habían intentado usurparle su hermana y su cuñada. Aquí les transcribo con algunas correcciones ese documento:

Señor subdelegado Don José Torres y del Campo.

Mi Venerado Señor. A las plantas de vuestra merced me postro, yo Catarina María, casada con Patricio Antonio, indios tributarios de Su Majestad (Que Dios Guarde) y vecinos en el pueblo de Santa Anna, doctrina del pueblo de San Gerónimo Aculco, sujeto a esta cabecera de San Mateo Huichapan, y asímismo digo, que ante vuestra merced parezco a noticiarle cómo el día 25 del mes pasado de abril del corriente año de 1804, por pedimento de mi hermana María Anna, y de mi cuñada Marcelina Pascuala, vino el señor teniente del pueblo de Aculco a repartir las milpas que dejó el difunto de mi padere Juan Pérez y dichas milpas son dos las que caben una cuartilla de maíz en cada una; a fuera de seis pedazos los cuales caben en ellos veinte y un cuartillo de maíz y por todos son una hanega menos menos tres cuartillos, y todos estos eran del difunto de mi padre Juan Pérez; y dichas dos milpas y seis pedazos de milpas, las el señor teniente dio a María Anna mi hermana, y a Marcelina Pascuala mi cuñada sin que estas dichas tuvieran el recuerdo de pensar que soy hija legítima de mi difunto padre Juan Pérez, porque no más ellas se apropiaron de dichas tierras, y a mí siendo hija legítima y la xocollota [sic] de la casa, no medieron un pedazo de milpa; pues una milpa que me dieron, esa me costó seis pesos con mi corto trabajo, habrá ciento y sesenta y dos magueyes que merqué, los tengo traspuestos me costaron otros seis pesos. Esto fue lo que me dejaron , pero me costó y lo hube con mi corto trabajo, pero de lo que había de heredar de mi difunto padre no me dieron nada; aunque es cierto que me quedé en la casa, no fue porque me costó mi dinero que fueron treinta pesos, pues a dicha Marcelina Pascuala le tengo una vaca con un becerro de dos años en catorce pesos por la herencia que le pudiera corresponder en la casa; y a mi hermana María Anna heredar otros quince pesos por lo que le puediera corresponder en la casa, de herencia; y así se de parecer que la casa, y milpa, y magueyes esto no puede ser herencia motivo a que me ha costado mi dinero; como soy de sentir también que mi dicha hermana y cuñada no pueden ser estas solas las aprovechadas, y yo que soy la xocoyota, y de legítimo matrimonio, quedarme en la calle no puede ser, pues esta Nuestro Señor de por medio, y después de Dios el gran amparo y caridad de vuestra merced a quien pido y suplico se digne la recta justificación de vuestra merced de mandar comparezca mi dicha hermana María Anna y mi dicha cuñada Marcelina Pascual ante el Real Juzgado de vuestra merced para que estas muestren los documtos de testamento o posesión que les haya dejado mi difunto padre Juan Pérez, y mi difunta madre María Gertrudis, pues pienso que tendrán constancia de mi difunto padre y madre toda vez que han sido las aprovechadas de las milpas, tendrán donde conste; y cuando éstas no tengan costancia de testamento o posesión, se dignara vuestra merced de mandar se nos reparta de nuevamente las dos milpas y seis pedasos de mil paz por iguales partes, y a mi hermana y cuñada, pues soy de sentir que así conviene motivo a que no somos más de dos hermanas, y tres con mi cuñada mujer de mi difunto hermano Gerónimo, a estas tres suplico a vuestra merced que se nos reparta por iguales partes, las referidas milpas, y así lo espero del gran tierno corazón de vuestra merced, que sea así, y no que me que me querían dar por herencia la milpa que me costó, y magueyes que costó mi dinero; y así vuestra merced por el amor de Dios véame con caridad; la apasientada que sus pies besa y rendidamente se postra.

Catarina María. No sé firmar.

Aunque por la redacción de esta petición se entiende que la condición de xocoyota le daba a Catarina María el privilegio de conservar para sí la casa paterna, otros documentos en el expediente señalan que esto fue un acuerdo de los coherederos al momento de repartir los bienes, no realmente un derecho como hija menor. Es más, ella reconoció el valor económico de la casa que correspondía a los otros y debido a que no cubrió en un plazo establecido, su sobrino Seferino Ramón tomó una "chapita y su llave" de la puertita del oratorio de la casa y después retiró el tejamanil que cubría la vivienda, dejándola destechada e inahbitable, a merced de las lluvias. En todo caso, parece que por lo menos la opción de permanecer en la casa paterna sí le era reconocida de alguna manera.

 

FUENTE:

AGN, Tierras, V. 2883, exp. 41 f. 7.

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